Condiciones Generales
Alquiler de equipos · Futura Service Provider, SAU
1. Objeto del contrato
El contrato regula las condiciones de alquiler con opción de compra de equipamiento de telecomunicaciones y/o informática, entre las partes y por la duración detalladas en las condiciones particulares.
2. Duración del contrato
Las PARTES, referenciadas en las condiciones particulares como ARRENDADOR y ARRENDATARIO, pactan que la duración del contrato de arrendamiento de los bienes objetos del presente contrato, será de los días recogidos en las condiciones particulares a contar desde la fecha de entrega efectiva de dichos bienes. El arrendatario no podrá resolver unilateralmente el contrato y está informado de que no hay posibilidad de cambio del bien, por otro modelo, etc. habida cuenta de que el arrendador ha adquirido nuevos los bienes que expresamente el arrendatario desea alquilar. A la finalización del contrato el arrendatario, podrá ejercitar la opción de compra para la adquirir los bienes, por el importe de 1€. El presente contrato terminará inexcusablemente al concluir la fecha prevista, en este apartado, no siendo posible su renovación tácita.
3. Entrega y obligación de inspección
La entrega y puesta en funcionamiento de los bienes correrá por cuenta y riesgo del arrendatario. En el momento de la entrega al arrendatario, deberá inspeccionarlos con la diligencia razonable, a fin de verificar que están exentos de defectos, y comprobar su correcto funcionamiento y su adecuación al contrato. Tras la verificación, el arrendatario deberá firmar el albarán o la confirmación de entrega que le proporcione el proveedor, en virtud de los cuales confirme que los bienes objeto del contrato le han sido debidamente entregados por el arrendador y con los efectos que allí se indiquen.
4. Idoneidad de los bienes
El arrendador no garantiza al arrendatario la idoneidad de los bienes arrendados ni de sus partes integrantes. El arrendatario se obliga a dirigirse únicamente al fabricante, y a tal fin, queda subrogado en la posición jurídica del arrendador, en orden al ejercicio de las acciones legales que incumbieran a FUTURA SP como adquirente frente al proveedor o fabricante por razón del material adquirido. Las garantías y el servicio de mantenimiento propios del contrato de venta del material que deba prestar el proveedor o fabricante se prestarán directamente al arrendatario, quien será el único usuario posible y autorizado.
5. Uso de los bienes y otras obligaciones del arrendatario
El arrendatario se obliga a usar los bienes arrendados tan sólo para los fines convenidos, conforme a las recomendaciones del fabricante o proveedor, así como a cuidarlos con su debido mantenimiento. Los gastos de funcionamiento, mantenimiento y reparaciones (incluidas piezas de recambio) correrán a cargo exclusivamente del arrendatario. Salvo con los fines de reparación, el arrendatario no estará facultado para ceder o subarrendar los bienes, sin el consentimiento previo escrito del arrendador. La denegación de este consentimiento no facultará al arrendatario a resolver el contrato. Cualquier modificación o alteración en el bien (incluso el emplazamiento), requerirá el previo consentimiento escrito del arrendador. El arrendatario estará obligado a comunicar por escrito al arrendador, sin dilación, todos los efectos negativos, los posibles defectos futuros o ya incluidos sobre la cosa arrendada (p.ej., la amenaza o realidad de una ejecución o administración forzosa sobre los bienes arrendados o a la finca en la cual se ubiquen) y facilitar la información necesaria para proteger el derecho del arrendador. La ejecución del contrato de arrendamiento no se suspenderá por la reclamación de cualquier defecto y el arrendatario seguirá obligado al pago de las rentas. El arrendatario se obliga a contraer un seguro a todo riesgo que cubra todos los posibles daños que puedan sufrir los bienes arrendados.
6. Cesión del contrato
El arrendador quedará facultado para ceder este contrato y/o los derechos y obligaciones dimanantes, siempre y cuando dicha transmisión no implique desventajas legales o económicas para el arrendatario.
7. Cambio de domicilio del arrendatario
El arrendatario deberá comunicar al arrendador, por escrito y sin dilación, cualquier cambio de su domicilio o un cambio de la sede de su empresa, o el de cualquier persona con responsabilidad personal para el contrato.
8. SEGURO El objeto de arrendamiento y todos los riesgos del objeto del arrendamiento quedarán cubiertos por un seguro cuya póliza deberá ser suscrita por toda la duración del arrendamiento -desde la entrega de los bienes-, con una compañía de seguros de solvencia pública y reconocida, a cargo del arrendatario de tal forma que cubra el robo, hurto, entrada de líquidos, caídas, roturas, incendio, explosión y en general, todo aquello que le pueda acontecer al bien objeto del presente contrato.
9. Manifestaciones del arrendatario
El arrendatario manifiesta haber leído y entendido el presente contrato y sus cláusulas, y acepta quedar obligado a ellas. Tan sólo serán válidos aquellos acuerdos adicionales o que modifiquen el presente que hayan sido confirmados y firmados por escrito por el arrendador frente al arrendatario. Lo anterior resultará asimismo de aplicación para cualquier renuncia o concesión que difiera del texto contractual.
10. Terminación del contrato y resolución anticipada
El presente contrato finalizará por expiración del plazo inicialmente fijado. Asimismo, el arrendador quedará facultado para resolver anticipadamente el contrato de arrendamiento, sin observar plazo de preaviso alguno, por demora en cualquiera de los pagos o incumplimiento de cualquiera de las obligaciones del presente contrato, o por la baja de los servicios de telecomunicaciones del contrato número asociado y prestados por el arrendador al arrendatario. Estos derechos corresponderán al arrendador incluso en el caso de que, por parte del arrendatario o de uno de sus socios con responsabilidad personal, concurran circunstancias que pongan en serio peligro, o dificulten de forma relevante, la realización y el ejercicio de los derechos e intereses del arrendador.
11. Consecuencias de la terminación o resolución del contrato de forma anticipada
En el caso de expiración del plazo o en caso de resolución anticipada, el arrendatario estará obligado al pago total de las cuotas que hubiere pendientes desde ese momento hasta la finalización de este, en el plazo de diez días naturales, a computar desde la notificación o intento de notificación del requerimiento fehaciente al efecto, incluyendo todos los gastos que pueda haber ocasionado por tal situación.
12. SUCESIÓN CONTRACTUAL (MUERTE, EXTINCIÓN, DISOLUCIÓN, FUSIÓN, ABSORCIÓN, ETC) DEL ARRENDATARIO: En caso de muerte o extinción del arrendatario, los herederos, albaceas, apoderados, subrogados, liquidadores o continuadores de este no estarán facultados para resolver anticipadamente el contrato de arrendamiento por esta causa.
13. Intereses de demora
GASTOS DE COBRO: En el caso de que el arrendatario se constituya en mora en relación con el pago de cualesquiera importes a pagar con arreglo al presente contrato, incluidas las indemnizaciones y penalidades, el importe adeudado devengará el interés al que se refiere el artículo 7.2 de la ley 3/2004, de 29 de diciembre -o la norma que le sustituya-, aplicable en la fecha de la demora, de forma invariable.
14. Penalidad por la demora en el pago restante de los bienes objeto del contrato
En el supuesto de que el arrendatario no pague las cuotas pendientes por los bienes arrendados, conforme a lo establecido en este contrato -diez días naturales-, por causa de terminación o de resolución anticipada, deberá pagar al arrendador, en concepto de cláusula penal, expresa y específicamente pactada, por cada uno de los días naturales de retraso en dicha devolución un 1/30 de la renta o alquiler mensual pactado en este contrato de arrendamiento. Esta penalidad aplicará de forma cumulativa y liquidatoria y sin perjuicio de las consecuencias propias de la resolución contractual. Durante el tiempo que transcurra hasta que el arrendatario devuelva lo arrendado, permanecerán vigentes todas las obligaciones dimanantes de este contrato.
15. Protección de datos
El arrendador, informa al arrendatario de que los datos personales facilitados por el arrendatario en virtud del contrato suscrito serán incluidos en un fichero denominado CLIENTES inscrito en el Registro General de Protección de Datos, cuyo responsable del fichero es Futura Service Provider SA y cuya finalidad es el estudio y análisis de la viabilidad de las operaciones y la gestión de contratos. El cliente autoriza al arrendatario a ceder o transferir dichos datos a cualesquiera empresas del grupo empresarial, con la finalidad de velar por la correcta ejecución del contrato. Los interesados pueden, en todo momento, ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición y supresión sobre sus datos personales comunicándolo por escrito Futura Service Provider SA, a la dirección indicada en este contrato o al correo electrónico administracion@futurasp.es, junto con fotocopia del DNI/CIF, indicando en el asunto “PROTECCIÓN DE DATOS”.